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Código Fiscal Artículo 198 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal Santiago del Estero
Artículo 198. OPERACIONES DE LOCACION FINANCIERA Y/O LEASING

En las operaciones de locación financiera y/o leasing celebradas de acuerdo con las disposiciones de la L ey Nacional 25248, realizadas por las entidades financieras comprendidas en la Ley Nacional 21526, la base imponible se determinará conforme al procedimient o determinado en el artículo precedente. En las realizadas por las sociedades que tengan por objeto este tipo de contratos, no comprendidas en dicha ley, la base imponible se determinará de acuerdo con lo establecido en el artículo 194°.

En cada operación de locación financiera y/o leasing, el dador deberá informar mediante declaración jurada al proveedor del bien objeto de la operación, si el tomador es o no consumidor final, para que este lo prevea a los efectos de la liquidación del impuesto sobre los ingresos brutos.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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