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Código Fiscal Artículo 203 Provincia de Corrientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Fiscal Corrientes
Artículo 203.

Los Escribanos de Registro no podrán aceptar para darle fecha cierta, transcribir, ni dar fe de haber tenido a la vista instrumentos gravados, sin acreditar el pago del impuesto, debiendo dejar constancia en el cuerpo de la escritura, de la numeración, serie e importe de los valores con que se encuentren habilitados, o de la respectiva individualización del timbrado mecánico o de la utilización para abonar el impuesto por declaración jurada. Tampoco podrán extender protestos de documentos en infracción, sin exigir su reposición o garantizarla para el primer día hábil siguiente.

La falta de cumplimiento de estos requisitos los constituirá en infractores, siendo pasibles de la multa prevista en el inc. c) del art. 40 si se comprobaren omisiones de impuesto, o de la de su inc. b) si se tratare de su infracción final.

Provincia de Corrientes Artículo 203 Código Fiscal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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