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Código Electoral y de Partidos Políticos Artículo 166 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro
Artículo 166. Prohibiciones

Queda prohibido:

a) Los actos o reuniones públicas con finalidades proselitistas expresas o encubiertas y la publicidad partidaria emitida por medios escritos, radiales o televisivos, o cualquier otra propaganda proselitista, desde treinta y dos (32) horas antes de la iniciación de los comicios.

b) Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro del radio de ochenta (80) metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

c) Admitir reunión de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a todo propietario o inquilino que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de ochenta (80) metros alrededor de la mesa receptora de votos.

d) Los espectáculos populares al aire libre, o en recinto cerrado, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante las horas de los comicios.

e) Tener abiertas las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase, durante el día de los comicios, hasta pasadas tres (3) horas de la clausura de los mismos.

f) A los electores, el ingreso al lugar de los comicios portando armas, o usando banderas, divisas u otros distintivos.

g) La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta (80) metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. El Tribunal o Junta Electoral podrá disponer el cierre temporario de los locales que estuvieran en infracción a lo dispuesto precedentemente. No se instalarán mesas receptoras de votos a menos de ochenta (80) metros del lugar en que se encuentra la sede provincial de los partidos.

Provincia de Río Negro Artículo 166 Código Electoral y de Partidos Políticos
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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