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Código de Procedimientos del Trabajo Artículo 38 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/03/2026

Código de Procedimientos del Trabajo Chubut
Artículo 38.

Los peritos serán nombrados de oficio en todos los casos, pudiendo su número variar de uno (1) a tres (3), a juicio del Juez, y de acuerdo a la índole deberá ser notificada dentro de las veinticuatro (24) horas de efectuada, y dentro de las cuarenta y ocho (48) horas el designado deberá aceptar el cargo. Si no lo hiciere se excluirá al perito de la lista respectiva. El plazo para expedirse será de cinco (5) días a contar de la aceptación del cargo, pudiendo el Juez prorrogarlo hasta diez (10) días si el caso lo exigiere, a pedido del perito o de las partes.

Cuando fuere vencido el obrero o empleado, los honorarios de los peritos serán abonados por la Provincia, siempre que se justifique sumariamente que aquéllos son insolventes o de escasos recursos.

Provincia del Chubut Artículo 38 Código de Procedimientos del Trabajo EY XIV - N° 1 (Antes Ley 69), 1 de Junio de 2010
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Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?


Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


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En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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