Código de Planeamiento Urbano Artículo 109 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Código de Planeamiento Urbano Ciudad de Buenos Aires
Artículo 109.
Desaféctase del distrito de zonificación R2bII a los siguientes polígonos:
Parcelas frentistas, de ambas aceras, a la Avenida Riestra entre Cañada de Gómez y el deslinde del Distrito C3II de Cafayate. (Plancheta Nº28) Parcelas frentistas, ambas aceras de la Avenida Murguiondo entre la calle Unanué y deslinde con el Distrito C3II de la Avenida Riestra. (Plancheta Nº28) Parcelas frentistas, acera sureste de la Avenida Riestra entre Fonrouge y Larrazabal y acera noroeste entre Larrazabal y Larraya. (Plancheta Nº28) Parcelas frentistas, ambas aceras de la Avenida Murguiondo entre el deslinde del Distrito C3II de la Avenida Riestra y la Avenida Tte. Gral. Luis Dellepiane.
(Plancheta Nº28)
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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