Código Contravencional Artículo 4 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Código Contravencional Ciudad de Buenos Aires
Artículo 4. Principio de legalidad
Ningún proceso contravencional puede ser iniciado sin imputación de acciones u omisiones tipificadas por Ley dictada con anterioridad al hecho e interpretada en forma estricta.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 4 Código Contravencional LEY 1472, 28 de Octubre de 2004
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Recomendados
Código Contravencional Ciudad de Buenos Aires Artículo 2. Ámbito de aplicación Código Contravencional Ciudad de Buenos Aires Artículo 1. Lesividad Institución del 25 de septiembre de cada año como el Día del Acceso a Justicia Ciudad de Buenos Aires Artículo 2. Código Contravencional Ciudad de Buenos Aires Artículo 73 ter. ASUNCION FALSA DE CONTRAVENCION O FALTA Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 94. Defensor ComúnPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios