Imprimir

Carta orgánica para la obra social de empleados públicos Artículo 50 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Carta orgánica para la obra social de empleados públicos Mendoza
Artículo 50.

Los deberes y atribuciones del jefe del departamento asistencial, seran las siguientes:

a) Organizar los servicios asistenciales de la repartición con sujeccion de esta ley, sus reglamentaciones, resoluciones del directorio y del director general;

b) Fiscalizar los servicios asistenciales que la repartición presta directamente o tenga contratados, dando cuenta al director general de cualquier deficiencia o anormalidad;

c) Dictaminar en la creación, modificación o supresión de servicios asistenciales, contratados o de prestación directa;

d) Proponer al director general toda iniciativa tendiente a la creacion o mejoramiento de servicios;

e) Dictaminar en todas las cuestiones de caracter asistencial que sean sometidas a su consideracion;

f) Reemplazar al director general en los casos y en las forma previstos en el articulo 44;

g) Cumplir con las demas funciones que le asignen los reglamentos generales de la repartición.

Provincia de Mendoza Artículo 50 Carta orgánica para la obra social de empleados públicos -O.S.E.P.
Artículo 1 ...48 49 50 51 52 ...59

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse