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Autorizan al Instituto Provincial de la Vivienda a transferir un inmueble a título de donación Artículo 1 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Autorizan al Instituto Provincial de la Vivienda a transferir un inmueble a título de donación Mendoza
Artículo 1.

Autorízase al Instituto Provincial de la Vivienda a transferir a título de donación, a la Dirección General de Escuelas, el inmueble designado con la Nomenclatura Catastral N° 03- 09-02-0023-000009, Padrón Rentas 03-33829-0, Plano Aprobado N° 12764/2009, Inscripción de Dominio Asiento N° 19.576, Tomo 49C de Las Heras, constante de una Superficie según plano aprobado de cinco mil doscientos tres metros con noventa decímetros cuadrados (5.203,90 m2).

Límites:

Norte en 58,58 mts. con Calle Proyectada 1, Oeste: en 90,70 mts. con manzana C, Sur: en 57,12 mts. con calle Proyectada 2, Este: en 90,83 mts. con Pasa je Peatonal correspondiente al Barrio Amigorena II del Departamento Las Heras.



Provincia de Mendoza Artículo 1 Autorizan al Instituto Provincial de la Vivienda a transferir un inmueble a título de donación
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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