Asociación y Federación de Bomberos Voluntarios Artículo 27 Provincia del Neuquén
Asociación y Federación de Bomberos Voluntarios Neuquén
Artículo 27.
La empresa de distribución de energía eléctrica debe transferir mensualmente, el monto del Aporte Ciudadano Voluntario a las asociaciones, conforme lo recaudado por cada localidad o jurisdicción de cobertura. Este aporte se establece a favor de las asociaciones en funcionamiento que acrediten operatividad vigente.
Provincia del Neuquén Artículo 27 Asociación y Federación de Bomberos Voluntarios
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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