Aprueba el nuevo texto del Código de Planeamiento Urbano Artículo 110 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Aprueba el nuevo texto del Código de Planeamiento Urbano Ciudad de Buenos Aires
Artículo 110.
Aféctanse las parcelas mencionadas en el Artículo 109º al Distrito de zonificación C3II.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 110 Aprueba el nuevo texto del Código de Planeamiento Urbano
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Institución del sistema integrado de jubilaciones y pensiones Artículo 64. Publicidad Institución del sistema integrado de jubilaciones y pensiones Artículo 40. Entidades receptoras de los aportesRecomendados
Creación del Sistema de Transparencia, Publicación e Información Comunal Ciudad de Buenos Aires Artículo 16. Código Contencioso Administrativo y Tributario Ciudad de Buenos Aires Artículo 390. Alegatos Código Procesal Civil y Comercial Santa Cruz Artículo 610. TRAMITE Código Procesal Laboral San Juan Artículo 125. COSTAS Código Contencioso Administrativo y Tributario Ciudad de Buenos Aires Artículo 422. Preferencia para el rematePublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios