Aprobación del Convenio de Consenso Fiscal Artículo 2 Provincia de Catamarca
Aprobación del Convenio de Consenso Fiscal Catamarca
Artículo 2.
De forma
Provincia de Catamarca Artículo 2 Aprobación del Convenio de Consenso Fiscal suscripto entre el Poder Ejecutivo Nacional, el Poder Ejecutivo Provincial y el resto de los representantes de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Adhesion a la Ley Nacional Nro. 26.141 Misiones Artículo 4. Código Procesal Civil y Comercial Jujuy Artículo 79. INTERVENCION OBLIGADA Ley de Contabilidad Pública Entre Ríos Artículo 84. Proyecto integral de vivienda San Luis Artículo 41. Proyecto integral de vivienda San Luis Artículo 44.Recomendados
El Estado nacional resarcirá a los ex trabajadores o derechohabientes de Altos Hornos Zapla con derecho al Programa de Propiedad Participada Nacional Artículo 2. Se declara al montañismo actividad deportiva, de interés cultural y socio-recreativo Catamarca Artículo 15. REGLAMENTACIÓN Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 27.264 Catamarca Artículo 2. Declaración de Capital Provincial del Malambo a la localidad de Los Altos, Departamento Santa Rosa Catamarca Artículo 3. Aprobación del Protocolo para la utilización de establecimientos no hospitalarios como dispositivos de atención domiciliaria de pacientes Covid-19 confirmados Chaco Artículo 4.Publique la información de sí mismo
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