Aprobación de las Addendas al Convenio Marco de Participación en el Programa de Desarrollo de Seguro Artículo 1 Provincia de Santa Fe
Aprobación de las Addendas al Convenio Marco de Participación en el Programa de Desarrollo de Seguros Públicos Provinciales de Salud Santa Fe
Artículo 1.
Apruébanse las Addendas al Convenio Marco de Participación en el Programa de Desarrollo de Seguros Públicos Provinciales de Salud - Programa SUMAR, celebradas en fecha 1 de abril de 2015 y 18 de abril de 2017, entre la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Salud de la Nación.- Dichas Addendas, fueron ratificadas ad referéndum de esta Legislatura por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 337 del 28/02/18 e inscriptas en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, los días 29 de marzo de 2017 (Nº 7563, Folio 288, Tomo XIII) y 16 de mayo de 2017 (Nº 7683, Folio Nº 048, Tomo XIV), respectivamente, cuyos textos se agregan e integran la presente.-
Provincia de Santa Fe Artículo 1 Aprobación de las Addendas al Convenio Marco de Participación en el Programa de Desarrollo de Seguros Públicos Provinciales de Salud - Programa SUMAR, celebradas entre la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Salud de la Nación
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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