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Aprobación Convenio 17.420, Sobre Programa Federal de Desendeudamiento entre la Provincia de Tieraa Artículo 1 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Aprobación Convenio Registrado Bajo Nº 17.420, Sobre Programa Federal de Desendeudamiento entre la Provincia de Tieraa del Fuego y el Gobierno Nacional Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 1.

Apruébase en todos sus términos el Convenio registrado bajo el Nº 17.420, referente al Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas, celebrado el 25 de noviembre de 2015, entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Gobierno Nacional; ratificado mediante Decreto provincial 2828/15.



Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 1 Poder Ejecutivo Provincial: Aprobación Convenio Registrado Bajo Nº 17.420, Sobre Programa Federal de Desendeudamiento entre la Provincia de Tieraa del Fuego y el Gobierno Nacional
Artículo 1 2

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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