Adhieren a la ley nacional sobre Creación del Régimen de Protección Integral del Niño, Niña y Adoles Artículo 3 Provincia de Córdoba
Adhieren a la ley nacional sobre Creación del Régimen de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer Córdoba
Artículo 3.
Facúltase a la Autoridad de Aplicación de la presente Ley a dictar reglamentos, protocolos de actuación y normas de aplicación, así como disponer las acciones que resulten conducentes y celebrar convenios, tanto con entidades del sector público como del sector privado, para la adecuada implementación, desarrollo y ejecución del "Régimen de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer".
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Código de Faltas Mendoza Artículo 78. Ley Provincial de protección para la preservación al Patrimonio Documental y a los archivos Santa Cruz Artículo 15. Conservación física de documentos y archivos Regulación de la organización de la disposición o constitución de derechos reales sobre bienes inmuebles Córdoba Artículo 12. Contratos Ley de procedimiento administrativo Córdoba Artículo 113. Caducidad del procedimiento por perenció Juicio por Jurados y con Vocales Legos Chubut Artículo 26. RECUSACIÓN: CAUSAL SOBREVINIENTEPublique la información de sí mismo
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