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Adhiérase a la Ley Nacional N° 27.306 Artículo 7 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Adhiérase a la Ley Nacional N° 27.306 Buenos Aires
Artículo 7.

La Autoridad de Aplicación deberá elaborar la adaptación curricular referida en el inciso b) del artículo cinco. Para garantizar el acceso al currículum común, en el caso de Dificultades Específicas del Aprendizaje tendrá en cuenta las siguientes consideraciones orientativas:

a) Dar prioridad a la oralidad, tanto en la enseñanza de contenidos como en las evaluaciones. b) Otorgar mayor cantidad de tiempo para la realización de tareas y/o evaluaciones. c) Asegurar que se han entendido las consignas.

d) Evitar las exposiciones innecesarias en cuanto a la realización de lecturas en voz alta frente a sus compañeros. e) Evitar copiados extensos y/o dictados cuando esta actividad incida sobre alumnos con situaciones asociadas a la disgrafía.

f) Facilitar el uso de ordenadores, calculadoras y tablas. g) Reconocer la necesidad de ajustar los procesos de evaluación a las singularidades de cada sujeto. h) Asumirse, todo el equipo docente institucional, como promotores de los derechos de niños, niñas, adolescentes y adultos, siendo que las contextualizaciones no implican otorgar ventajas en ellos frente a sus compañeros, sino ponerlos en igualdad de condiciones frente al derecho a la educación.



Provincia de Buenos Aires Artículo 7 Adhiérase a la Ley Nacional N° 27.306 - Decláran de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de los sujetos que presentan Dislexia y Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA)
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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consulte y despeje sus dudas.




Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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