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Adhesión Provincial a la Ley Nacional Nº 27.424 Artículo 4 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Adhesión Provincial a la Ley Nacional Nº 27.424 Mendoza
Artículo 4. DECLARACIÓN DE OBJETIVOS

En el marco de la Eficiencia Energética, la potencial reducción de costos para el sistema eléctrico en su conjunto, y la protección de los derechos de los usuarios en cuanto a la equidad, la no discriminación y libre acceso en los servicios e instalaciones de transporte y distribución de electricidad, es que el Poder Ejecutivo a través de la Autoridad de Aplicación, tendrá a su cargo la planificación de las políticas públicas fijadas en la presente Ley, y específicamente en lo relativo a:

a) Promover la investigación, el desarrollo tecnológico, la generación de incentivos e inversión en recursos de energía distribuida y red eléctrica inteligente en la Provincia de Mendoza, respetando los principios de sustentabilidad económica, social y ambiental.

b) Promocionar las inversiones en investigación, desarrollo y fabricación de equipos de generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes renovables.

c) Establecer las condiciones necesarias para el desarrollo futuro de microredes, construcción inteligente, integración de vehículos eléctricos a la red de distribución y demás innovaciones tecnológicas relacionadas.



Provincia de Mendoza Artículo 4 Adhesión Provincial a la Ley Nacional Nº 27.424 - Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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