Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27.592 Ley Yolanda (Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27.592 Ley Yolanda) Provincia de Salta
Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27.592 Ley Yolanda Provincia de Salta
- Artículo 1. Adhiérase la provincia de Salta a la Ley Nacional 27.592 "Ley...
- Artículo 2. La Autoridad de Aplicación deberá establecer dentro de los noventa (90) días...
- Artículo 3. El Poder Ejecutivo Provincial determinará la Autoridad de Aplicación de la...
- Artículo 4. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a...
- Artículo 5. Invítese a los Municipios a adherir a la presente Ley.
- Artículo 6. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Semana de Concientización para la Promoción de los Derechos de las Personas con Síndrome de Down Declaración de la emergencia del sector turístico en el territorio de la provincia de Salta por el plazo de ciento ochenta (180) días Crea los juzgados provinciales Semana de Concientización de la Miastenia Gravis Adhiere Provincia de Salta a la Ley Nacional Nº 27.306Mejores juristas
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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