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Adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1765/2014 Artículo 5 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1765/2014 Chubut
Artículo 5.

Acéptense los procedimientos de selección de proveedores que dispusiera el FIDUCIARIO, de conformidad con las pautas establecidas y las instrucciones dispuestas por el COMITÉ EJECUTIVO creados por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1765/2014.-



Provincia del Chubut Artículo 5 Adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1765/2014 de creación del Programa Federal de Fortalecimiento Operativo de las Áreas de Seguridad y Salud
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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consulte y despeje sus dudas.




Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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