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Adhesión a la ley nacional 25.054 de Bombero Voluntario Artículo 41 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Adhesión a la ley nacional 25.054 de Bombero Voluntario Tucumán
Artículo 41.

A los efectos del artículo anterior serán computables los años prestados en el ámbito del territorio provincial:

1) Como miembros de los Cuerpos Activos;

2) Los servicios auxiliares y de apoyo de especial significación para la labor del Cuerpo Activo, no pudiendo estos exceder de un tercio del total requerido. Su comprobación será efectuada mediante certificaciones expedidas por las Asociaciones de Bomberos Voluntarios a que hubiere pertenecido el beneficiario, visada por el órgano de contralor establecido por el Gobierno Provincial.

Para el cómputo de los años de servicio prestados, la Dirección Provincial de Defensa Civil será la responsable a través de una oficina interna al efecto, de recabar en forma permanente, toda la documentación y relevamiento de la misma, justificando en base a la documentación que deben presentar los Cuerpos Activos, teniendo esta Dependencia la última decisión sobre la idoneidad y procedencia de la documentación respaldatoria respecto del cómputo de años de servicios.



Provincia de Tucumán Artículo 41 Adhesión a la ley nacional 25.054 de Bombero Voluntario
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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