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Adhesión a la ley nacional 25.054 de Bombero Voluntario Artículo 38 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Adhesión a la ley nacional 25.054 de Bombero Voluntario Tucumán
Artículo 38.

Sin perjuicio de los subsidios y asignaciones que pudieren corresponderle en el orden nacional o municipal, acuérdese a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios legalmente constituidas en la Provincia, un subsidio anual, que para cada año fiscal será presupuestado por el Poder Ejecutivo Provincial dentro del Presupuesto General de la Provincia.

El monto resultante, será distribuido por la Dirección Provincial de Defensa Civil, entre todas las asociaciones y federaciones de Bomberos Voluntarios legalmente constituidas, operativas y que se encuentren en regla, de acuerdo al siguiente detalle:

1) Se dividirá el monto total en la cantidad existente de asociaciones y federaciones que se encuentren en las condiciones citadas en el párrafo anterior;

y, 2) Del total correspondiente a las Federaciones Provinciales de Asociaciones de Bomberos Voluntarios, se distribuirá entre ellas una parte proporcional a la cantidad de asociaciones que tengan, a los efectos de solventar gastos corrientes de la misma y situaciones operativas de carácter provincial que movilicen a tres o más cuerpos federados.



Provincia de Tucumán Artículo 38 Adhesión a la ley nacional 25.054 de Bombero Voluntario
Artículo 1 ...36 37 38 39 40 ...54

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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