Estatuto del personal docente de la Provincia Artículo 14 Provincia de Buenos Aires
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024
Estatuto del personal docente de la Provincia Buenos Aires
Artículo 14.
La nominación de los cargos del escalafón no significa necesariamente la creación de los mismos, ni la consiguiente inclusión en las plantas orgánico-funcionales, sino tan sólo la posibilidad de instituirlos cuando las necesidades del servicio educativo u organismo lo hagan indispensable.
Provincia de Buenos Aires Artículo 14 Estatuto del personal docente de la Provincia de Buenos Aires
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiBuenos Aires
Сomentarios: 3
Duración total
Orlando Fernández
Duración total
sandra
Duración total
GONZALO GABRIEL GODAS
Dolores, Buenos Aires
Duración total
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
CABA. y Gran Bs. As.
Teléfonos
Duración total
Los comentarios de los usuarios
Erica Mailen
12/06/21 10:56:32
hola quería saber si estando trabajando me dan licencia para poder realizar mis residencias?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios