Política fiscal (Política fiscal) Provincia de Mendoza
Política fiscal Provincia de Mendoza
- Artículo 1. Adhiérase a la Ley Nacional N° 25.917 modificada por la Ley N°...
- Artículo 2. Constituye el objeto de la presente Ley el establecimiento de los principios...
- Artículo 3. Las disposiciones de la presente Ley regirán en todo el ámbito del...
- Artículo 4. Son sujetos responsables a los efectos de la presente Ley: a) El...
- Artículo 5. Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley el H. Tribunal de Cuentas de...
- Artículo 6. La elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos (según Art. 19 de...
- Artículo 7. En un plazo máximo de dos (2) Ejercicios Fiscales siguientes, contados a...
- Artículo 8. La elaboración de los Presupuestos del año 2006 y subsiguientes, se...
- Artículo 9. Los organismos pertenecientes al Sector Público de la Provincia elaborarán...
- Artículo 10. Créase desde el Ejercicio 2005 un Fondo Anticíclico para la Provincia y para...
- Artículo 11. Los excedentes previstos en el Artículo 10 de la presente Ley podrán...
- Artículo 12. Los Fondos Anticíclicos Provincial y Municipales se integrarán hasta...
- Artículo 13. Los Fondos serán utilizados cuando se verifique una etapa recesiva en el...
- Artículo 14. Los fondos que integren el Fondo Anticíclico serán considerados como...
- Artículo 15. Los recursos del Fondo Anticíclico Provincial integrarán un Patrimonio...
- Artículo 16. Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial y a los Poderes Ejecutivos...
- Artículo 17. Para la elaboración del Proyecto de Presupuesto por parte del Poder...
- Artículo 18. Si durante la Ejecución Presupuestaria se produjesen aumentos de la...
- Artículo 19. Para la elaboración del proyecto de presupuesto por parte del Poder...
- Artículo 20. Para la elaboración del proyecto de presupuesto por parte del Poder...
- Artículo 21. Para la elaboración del proyecto presupuesto por parte del Poder Ejecutivo...
- Artículo 22. Luego de publicado el presupuesto en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo...
- Artículo 23. Al finalizar una gestión, el stock de deuda consolidada de la Provincia y...
- Artículo 24. En el caso especial de nuevas operaciones de crédito cuya amortización de...
- Artículo 25. La percepción anticipada de impuestos, tasas y contribuciones provinciales,...
- Artículo 26. El Ministro de Hacienda de la Provincia y las Secretarías de Hacienda...
- Artículo 27. Los informes a los que se refiere el artículo anterior deberán contener como...
- Artículo 28. Finalizado cada trimestre el Ministerio de Hacienda de la Provincia de...
- Artículo 29. Finalizado cada trimestre el Ministerio de Hacienda de la Provincia de...
- Artículo 30. Finalizado cada trimestre, la Fiscalía de Estado presentará trimestralmente...
- Artículo 31. Finalizado cada trimestre, los Poderes Legislativo y Judicial presentarán...
- Artículo 32. Finalizado cada trimestre, el Tribunal de Cuentas deberá presentar por...
- Artículo 33. Finalizado cada trimestre, los siguientes Organismos publicaran en sus...
- Artículo 34. Finalizado cada trimestre, los Municipios deberán presentar por escrito y en...
- Artículo 35. La Dirección Provincial de Vialidad deberá destinar la totalidad de los...
- Artículo 36. Los gastos en personal permanente, temporario y locaciones de servicios...
- Artículo 37. El Fondo para la Transformación y el Crecimiento no podrá superar en...
- Artículo 38. Las transferencias netas que el Instituto Provincial de Juegos y Casinos...
- Artículo 39. La Empresa Provincial de Transporte deberá registrar un Ahorro Corriente...
- Artículo 40. Finalizado cada trimestre, el Ente Provincial Regulador Eléctrico deberá...
- Artículo 41. Finalizado cada trimestre, el Ente Provincial del Agua y de Saneamiento...
- Artículo 42. Finalizado cada trimestre, la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP)...
- Artículo 43. Finalizado cada trimestre, la Caja de Seguro Mutual deberá presentar por...
- Artículo 44. Con la presentación del presupuesto anual 2006, los Ministros del Poder...
- Artículo 45. Lo dispuesto en el artículo anterior es de aplicación hasta tanto se...
- Artículo 46. En los años de elecciones para Gobernador y/o Intendentes se aplicarán,...
- Artículo 47. Si el monto de la recaudación acumulada durante un ejercicio presupuestario...
- Artículo 48. En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en los...
- Artículo 49. El Tribunal de Cuentas aplicará a los sujetos a los que se refiere el...
- Artículo 50. La responsabilidad administrativa que se genere por el incumplimiento de las...
- Artículo 51. El presente artículo tiene por objeto garantizar a todas las personas el...
- Artículo 52. Será considerada falta grave: a) Usar, sustraer, destruir, ocultar,...
- Artículo 53. Invítase al Departamento General de Irrigación a adherir a la presente ley,...
- Artículo 54. Los Municipios deberán arbitrar los medios necesarios para que en el término...
- Artículo 55. La Contaduría General de la Provincia deberá arbitrar los medios necesarios...
- Artículo 56. Finalizado el trimestre el Tribunal de Cuentas presentará ante las...
- Artículo 57. Pasados tres (3) días hábiles de las fechas establecidas en los cronogramas...
- Artículo 58. Conforme a las disposiciones del Articulo 1º de la Ley Nº 3.799 y...
- Artículo 59. El Poder Ejecutivo Provincial asistirá a los Municipios técnicamente durante...
- Artículo 60. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Mejores juristas
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios