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Ley de Procedimiento Laboral Artículo 31 Provincia del Neuquén


Ley de Procedimiento Laboral Neuquén
Artículo 31.

Si existieran hechos conducentes controvertidos, el juez abrirá la causa a prueba, disponiendo la realización de una audiencia única para su producción, previa simplificación -en su caso- de los puntos litigiosos. En ella, el juez interrogará personalmente a los comparecientes, haciendo constar en el acta sólo las declaraciones que sean pertinentes a las cuestiones controvertidas. A las partes que no concurran sin causa justificada, podrá imponérseles una multa de diez por ciento (10%) valor JUS a un (1) JUS. Si en dicha audiencia no pudiera ser producida la totalidad de la prueba, el juez resolverá si es necesario la designación de una nueva audiencia o si la prueba producida es suficientemente aclaratoria de los hechos controvertidos. Producida la prueba, las partes podrán alegar sobre su mérito en la audiencia o dentro de tres (3) días de certificada que no queda prueba pendiente. Vencido dicho término y sin otra sustanciación, el juez dictará la providencia de autos.

Si la cuestión fuera declarada de puro derecho, a pedido de partes o de oficio se fijará audiencia dentro de los diez (10) días corridos, para que las partes puedan informar verbalmente. Aún cuando ambas partes no concurrieren a esta audiencia, los autos pasarán a despacho para dictar sentencia.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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