Aranceles de Abogados y Procuradores (Aranceles de Abogados y Procuradores) Provincia de Entre Ríos
Aranceles de Abogados y Procuradores Provincia de Entre Ríos
- LIBRO PRIMERO
CAPÍTULO I - REGLAS GENERALES
- Artículo 1. OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN. INTERPRETACIÓN DE LA LEY
- Artículo 2. INTERPRETACION DE LA LEY
- Artículo 3. PAUTAS GENERALES PARA REGULAR
- Artículo 4. CARÁCTER ALIMENTARIO. INEMBARGABILIDAD
- Artículo 5. Toda resolución sobre honorarios deberá fundarse, no sólo citando las normas...
- Artículo 6. NUEVA REGULACION Y MODIFICAION OFICIOSA DE LA REGULACION
- Artículo 7. IMPROCEDENCIA DE REGULACION DE TRABAJOS FUTUROS
- Artículo 8. ELEVACION DE HONORARIOS
- Artículo 9. ESCRITOS O ACTUACIONES INOFICIOSAS
- Artículo 10. SANCION DE NULIDAD
- Artículo 11. CONVENIOS DE ELEVACION
- Artículo 12. LABOR PROFESIONAL
- Artículo 13. ABOGADO Y PROCURADOR EN CAUSA PROPIA
- Artículo 14. INTERVENCION PLURAL DE PROFESIONALES
- Artículo 15. PROFESIONAL PERMANENTE
- Artículo 16. TRABAJO FUERA DE DIAS U HORAS HABILES
- Artículo 17. SOLIDARIDAD POR LAS COSTAS
- Artículo 18. ANTICIPO DE GASTOS
- Artículo 19. GASTOS NO DOCUMENTADOS
- Artículo 20. CESACION COMO PATROCINANTE O MANDATARIO, PECEPCION DE HONORARIO PROVISIORIO
- Artículo 21. REGULACION DE HONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES CON EL DE PERITOS Y OTROS PROFESIONALES
- Artículo 22. TRABAJOS DE INTERES COMUN
- Artículo 23. HONORARIOS DE LOS DEFENSORES DE OFICIO
- Artículo 24. ACTUACION PROFESIONAL EN CONTRATOS: CONSTANCIA
- Artículo 25. MINIMO POR ACTUACION AISLADA
- Artículo 26. LITIS CONSORCIO
- Artículo 27. OPORTUNIDAD PARA REGULAR
- Artículo 28. NOTIFICACIÓN DE TODA REGULACIÓN
- CAPÍTULO II - REGLAS CUANTITATIVAS - MONTOS A CONSIDERAR
- Artículo 29. LA UNIDAD ARANCELARIA JURISTA
- Artículo 30. ESCALA GENERAL
- Artículo 31. MONTO DEL LITIGIO-REGLAS GENERALES
- Artículo 32. RECHAZO PARCIAL O TOTAL DE LA DEMANDA
- Artículo 33. RECONVENCION
- Artículo 34. TRANSACCION
- Artículo 35. TERCERIAS
- Artículo 36. MONTO DEL JUICIO SUCESORIO
- Artículo 37. PERITOS PARTIDORES
- Artículo 38. JUICIOS RELATIVOS A UN CONTRATO
- Artículo 39. Sin perjuicio de la pauta general establecida en el Artículo 30, cuando el...
- Artículo 40. VALOR DE TITULOS DE RENTA Y ACCIONES DE ENTIDADES PRIVADAS
- Artículo 41. VALOR DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y MINEROS
- Artículo 42. DINERO, CREDITOS U OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA
- Artículo 43. VALOR DE LOS DERECHO REALES DE USUFRUCTO, USO O HABITACION, NUDA PROPIEDAD Y RENTA VITALICIA
- Artículo 44. VENTA DE BIENES DURANTE EL PROCESO
- Artículo 45. JUICIO DE DESALOJO
- Artículo 46. RESCISION DE CONTRATOS DE TAMBERO MEDIERO, APARCERIA, MEDIERIA
- Artículo 47. FIJACION DE ARRENDAMIENTOS O ALQUILER
- Artículo 48. REAJUSTE DE ALQUILERES
- Artículo 49. JUICIO DE RENDICION DE CUENTAS
- Artículo 50. ALIMENTOS Y LITIS EXPENSAS
- Artículo 51. JUICIO DE PETICION DE HERENCIA
- Artículo 52. ESCRITURACION. CUMPLIMIENTO. RESCISION. RESOLUCION O NULIDAD DE CONTRATOS
- Artículo 53. HONORARIOS A CARGO DEL ACREEDOR CON PRIVILEGIO
- Artículo 54. EXHORTOS U OFICIOS
- Artículo 55. JUICIOS DE EXPROPIACION
- Artículo 56. JUICIOS DE CONSIGNACION
- Artículo 57. AMPLIACION DEL RECLAMO ANTES O DESPUES DE SENTENCIA
- Artículo 58. HONORARIOS MINIMOS
- CAPÍTULO III - REGLAS CUALITATIVAS: ETAPAS Y ESCALAS ESPECIALES
- Artículo 59. DIVISION EN ETAPAS
- Artículo 60. PROCESO ORDINARIO
- Artículo 61. PROCESOS SUMARIOS, SUMARISIMOS, LABORALES ORDINARIOS E INICDENTES
- Artículo 62. ETAPAS EN LOS JUICIOS SUCESORIOS
- Artículo 63. PERDEDOR TOTAL O PARCIAL
- Artículo 64. SEGUNDA INSTANCIA
- Artículo 65. ALLANAMIENTO, DESISTIMENTO Y CADUCIDAD
- Artículo 66. DILIGENCIAS PRELIMINARES
- Artículo 67. MEDIDAS CAUTELARES
- Artículo 68. MEDIDA PRELIMINARES QUE PNGSAN FIN AL LITIGIO
- Artículo 69. EXCEPCIONES PREVIAS
- Artículo 70. INCIDENTES
- Artículo 71. PROCESOS DE EJECUCION
- Artículo 72. EJECUCION DE SENTENCIA QUE CONDENA A ESCRITURAR, A HACER, O NO HACER O A ENTREGAR COSAS
- Artículo 73. JUICIO DE DIVISION DE COSAS COMUNES
- Artículo 74. CANCELACION DE HIPOTECA, USUFRUCTO Y OTROS DERECHOS REALES
- Artículo 75. CONVOCATORIA, CONCURSOS, QUIEBRAS
- Artículo 76. DISOLUCION Y LIQUIDACION DE SOCIEDADES DE COMUN ACUERDO
- Artículo 77. JUICIO DE RENDICION DE CUENTAS
- Artículo 78. JUICIOS DE DIVORCIO, SEPARACION DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYGAL
- Artículo 79. PARTICION ANTICIPADA
- Artículo 80. MENSURA
- Artículo 81. DEMENCIA. SORDOMUDEZ. INHABILITACION
- Artículo 82. VENIA SUPLETORIA DEL ARTÍCULO 1277 DEL CODIGO CIVIL
- Artículo 83. EXEQUATUR DE SENTENCIA DE TRIBUNAL EXTRANJERO
- Artículo 84. PROCESO ARBITRAL
- Artículo 85. JUICIOS TRAMITADOS ANTE AMIGABLES COMPONEDORES
- Artículo 86. AUTORIZACION PARA CONTRAER MATRIMONIO. NOMBRAMIENTO DE TUTOR O CURADOR
- Artículo 87. ENAJENACION DE BIENES DE INCAPACES
- Artículo 88. DECLARACION DE AUSENCIA
- Artículo 89. PROTOLIZACION DE TESTAMENTOS
- Artículo 90. HOMOLOGACION DE CONTRATOS, CONVENIOS O ACUERDOS
- Artículo 91. JUICIO DE AMPARO
- Artículo 92. ACCION EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRTIVO
- Artículo 93. ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD
- Artículo 94. RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY. INCONTITUCIONALIDAD Y EXTRAORDINARIO ANTE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION
- Artículo 95. RECUSO DE REPOSICION
- Artículo 96. QUEJA POR RECURSO
- CAPÍTULO IV - FUERO Y ACTUACIONES ESPECIALES
- Artículo 97. FUEROS PENAL Y DE FALTA
- Artículo 98. FUERO LABORAL. JUSTICIA DE PAZ
- Artículo 99. DESALOJO POR RESTITUCION DE VIVIENDAS CONCEDIDAS EN VIRTUD DE RELACION LABORAL
- Artículo 100. ACTUACION ANTE AUTORIDAD ADMINISTRATIVA
- Artículo 100 bis. ACTUACIÓN ANTE COMISIONES MÉDICAS
- Artículo 101. TRABAJOS EXTRAJUDICIALES
- Artículo 102. FIJACION JUDICIAL PRO TRABAJOS EXTRAJUDICIALES
- Artículo 103. FIJACION EXTRAJUDICIAL DE HONORARIOS POR TRABAJOS EXTRAJUDICIALES
- Artículo 104. GESTTIONES RELACIONADAS CON EL REGISRO PUBLICO DE COMERCIO
- CAPÍTULO V
- Artículo 105. REGLA
- Artículo 106. NULIDAD
- Artículo 107. RESCISION
- Artículo 108. RETIRO DEL PROFESIONAL
- Artículo 109. APELACION DE HONORARIOS
- Artículo 110. ACLARATORIA DE REGULACIONES DE HONORARIOS
- Artículo 111. REPOSICION DE REGULACIONES
- Artículo 112. ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY
- Artículo 113. TRÁMITE Y RESOLUCION
- CAPÍTULO VII - PAGO Y COBRO DE HONORARIOS
- Artículo 114. PAGO DE HONORARIOS
- Artículo 115. FACULTAD D LA CAJA FORENSE
- Artículo 116. GARANTIA DE PAGO
- Artículo 117. EXHORTOS U OFICIOS
- Artículo 118. COBRO JUDICIAL DE HONORARIOS
- Artículo 119. JUEZ COMPETENTE
- CAPÍTULO VIII - HONORARIOS DE AUXILIARES DE JUSTICIA
- Artículo 120. ALBACEA
- Artículo 121. DEPOSITARIOS JUDICIALES
- Artículo 122. INTERVENTOR JUDICIAL
- Artículo 123. ADMINISTRADOR JUDICIAL
- Artículo 124. PERITOS PARTIDORES
- CAPÍTULO IX - MATRICULA PROFESIONAL OBLIGATORIA, PATROCINIO Y FIRMA LETRADA
- Artículo 125. MATRICULA PROFESIONAL OBLIGATORIA
- Artículo 126. PATROCINIO LETRADO OBLIGATORIO
- Artículo 127. EXCEPCIONES AL PATROCINIO LETRADO
- Artículo 128. FACULTADES DE LOS ABOGADOS
- CAPÍTULO X - CONTRAVENSIONES Y SANCIONES
- Artículo 129. CONDUCTAS SANCIONABLES
- Artículo 130. FUNCIONARIO INFRACTOR
- Artículo 131. ESCRIBANO INFRACTOR
- Artículo 132. PROCESO POR INFRACCIONES
- Artículo 133. COBRO DE LAS MULTAS
- CAPÍTULO XI
- Artículo 134. VIGENCIA Y APLICACIÓN DE LA LEY
- Artículo 135. Derógase la Ley 5819 y toda otra disposición que se oponga a la presente.
- Artículo 136. La presente Ley será refrendada por los Señores Ministros Secretarios en...
- Artículo 137. De forma.
Mejores juristas
Buen dÍa. Me retuvieron el auto en florencio varela por circular con RTO y no con VTV. Estám su derecho de hacer eso?
Mal llamada "rendición de cuentas". Esta es por proceso judicial. Lo que hace el administrador es un informe de su gestión. A las cosas, por su nombre. Es más fácil así. Me parece.
Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.
La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?
Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744): Esta ley regula los derechos laborales en general y establece que los trabajadores tienen derecho a pausas para descanso, que suelen ser de al menos 15 minutos si la jornada laboral supera las 4 horas.
Convenios Colectivos de Trabajo: Para los docentes y personal administrativo de las escuelas públicas, los derechos específicos pueden estar detallados en los convenios colectivos correspondientes. Estos convenios pueden variar entre provincias y jurisdicciones, y establecen aspectos como el tiempo de descanso, horario laboral y otras condiciones.
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