Régimen General de Desvinculación Voluntaria de agentes públicos (Régimen General de Desvinculación Voluntaria de agentes públicos) Provincia de Río Negro
Régimen General de Desvinculación Voluntaria de agentes públicos Provincia de Río Negro
- CAPÍTULO I DEL REGIMEN GENERAL DE DESVINCULACION VOLUNTARIA
- Artículo 1. Se establece un Régimen General de Desvinculación Voluntaria para agentes...
- Artículo 2. El personal que adhiera a los sistemas de desvinculación, percibirá por...
- Artículo 3. Se autoriza al Poder Ejecutivo a abonar la suma prevista en el artículo...
- Artículo 4. Establécese que se tomará como base de cálculo para la suma indemnizatoria,...
- Artículo 5. Los agentes cuya solicitud de adhesión al régimen de desvinculación que se...
- Artículo 6. La solicitud de adhesión al presente régimen no dará derecho al peticionante...
- Artículo 7. Los/las agentes que accedan a la desvinculación voluntaria establecida en la...
- Artículo 8. Los agentes que adhieran al Régimen General de Desvinculación Voluntaria...
- CAPÍTULO II DEL SISTEMA INDIVIDUAL
- Artículo 9. El/la agente que lo solicite, podrá acceder al Régimen General de...
- Artículo 10. La extinción de la relación de empleo mediante el sistema previsto en la...
- Artículo 11. Los desvinculados continuarán en relación a las prestaciones del Instituto...
- CAPÍTULO III DEL SISTEMA DE TERCERIZACION
- Artículo 12. La desvinculación voluntaria mediante el Sistema de Tercerización consistirá...
- Artículo 13. Los distintos organismos del Estado provincial contratarán en forma directa...
- Artículo 14. El Poder Ejecutivo establecerá las condiciones de constitución y organización...
- Artículo 15. El Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos competentes o por...
- Artículo 16. Para acceder al Régimen General de Desvinculación Voluntaria bajo el Sistema...
- Artículo 17. Previo a la suscripción del correspondiente contrato de provisión de bienes...
- Artículo 18. Los convenios o contratos que se formalicen en razón de la aplicación del...
- Artículo 19. Los agentes cuya solicitud de adhesión al sistema de desvinculación...
- Artículo 20. A propuesta de los agentes acreedores de la suma indemnizatoria descripta en...
- Artículo 21. A efectos de poner en práctica la opción del pago en especie, se conformará...
- Artículo 22. Cuando la indemnización que corresponda abonar a los agentes sea cancelada...
- Artículo 23. Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar a las unidades económicas creadas de...
- Artículo 24. El Poder Ejecutivo promoverá el otorgamiento de beneficios adicionales a los...
- Artículo 25. Toda unidad económica estará controlada en su gestión y en el cumplimiento de...
- Artículo 26. Otorgada la desvinculación voluntaria mediante el Sistema de Tercerización...
- CAPÍTULO IV DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 27. La Secretaría de la Función Pública será la autoridad de aplicación de la...
- Artículo 28. Las y los agentes que con posterioridad a su desvinculación registren su...
- Artículo 29. Invítase a adherir a la presente Ley al Poder Legislativo, al Poder Judicial...
Mejores juristas
Buen dÍa. Me retuvieron el auto en florencio varela por circular con RTO y no con VTV. Estám su derecho de hacer eso?
Mal llamada "rendición de cuentas". Esta es por proceso judicial. Lo que hace el administrador es un informe de su gestión. A las cosas, por su nombre. Es más fácil así. Me parece.
Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.
La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?
Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744): Esta ley regula los derechos laborales en general y establece que los trabajadores tienen derecho a pausas para descanso, que suelen ser de al menos 15 minutos si la jornada laboral supera las 4 horas.
Convenios Colectivos de Trabajo: Para los docentes y personal administrativo de las escuelas públicas, los derechos específicos pueden estar detallados en los convenios colectivos correspondientes. Estos convenios pueden variar entre provincias y jurisdicciones, y establecen aspectos como el tiempo de descanso, horario laboral y otras condiciones.
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