< Estatuto del Docente

Estatuto del Docente Artículo 22 Provincia de Santiago del Estero


Estatuto del Docente Santiago del Estero
Artículo 22.

Se beneficiará el curso escolar al mayor número de aspirantes, sin perjuicio de que por razones de conveniencia de la enseñanza las suplencias de un mismo grado o sección recaigan en un solo suplente.

REG. del mismo: I) Conocida la necesidad de personal suplente o interino, Inspección General procederá a designar los docentes por estricto orden de lista. Este procedimiento usarán los directores de cada establecimiento.

II) No podrá alterarse el orden de lista en la designación salvo en los casos siguientes:

a) Cuando la o el aspirante se hubiere desempeñado durante el curso escolar, en la misma escuela, turno y grado;

b) Cuando renuncie a la designación. El aspirante que rechazare la designación de suplente o interino, sin causa debidamente justificada, no podrá ser designado nuevamente hasta tanto sea agotada la lista.

Provincia de Santiago del Estero Artículo 22 Estatuto del Docente
Artículo 1 ...21 21 bis 22 23 24 ...115
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse