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Código Procesal penal Artículo 481 Provincia de Misiones


Código Procesal Penal Misiones
Artículo 481. Trámite

En cuanto al trámite ante el Superior Tribunal de Justicia se aplican los Artículos 467 y 475 del presente Código.

Sin embargo, si alguno de los interesados lo pidió dentro del término de emplazamiento, se fija audiencia con intervalo no menor de cinco (5) días para que informen oralmente.



Provincia de Misiones Artículo 481 Código Procesal penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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