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Código Procesal Penal Artículo 228 Provincia del Chubut


Código Procesal Penal Chubut
Artículo 228. Acta

Antes de ejecutar cualquiera de estas medidas, se labrará acta, en la cual constará:

1) la notificación al imputado;

2) la identificación de las personas que intervengan en la ejecución de la medida y la aceptación de la función o de la obligación que les ha sido asignada;

3) el domicilio real que denuncien todos ellos, con indicación de las circunstancias que pudieren imponerle al imputado la ausencia de él por más de un día;

4) la constitución de un domicilio especial para recibir notificaciones, dentro del radio que fijen los reglamentos para el tribunal; y 5) La promesa formal del imputado de presentarse cuando sea citado. En el acta constará también la instrucción a todos sobre las consecuencias de la incomparecencia del imputado.



Provincia del Chubut Artículo 228 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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