Regulación del Ejercicio Profesional (Regulación del Ejercicio Profesional) Provincia de Santa Fe
Regulación del Ejercicio Profesional Provincia de Santa Fe
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Autoridad de Aplicación
- Artículo 3. Ejercicio de la Actividad Profesional
- Artículo 4. Actividad Profesional
- Artículo 5. Requisitos para Ejercer
- Artículo 6. Habilitación de Títulos
- Artículo 7. Prácticas Profesionales
- Artículo 8. Otras Incumbencias
- Artículo 9. Exclusividad
- Artículo 10. Prohibición
- Artículo 11. Contravenciones
- Artículo 12. Lugares de Ejercicio Profesional
- Artículo 13. Gabinetes, Consultorios y Otras Instalaciones
- Artículo 14. Instalación por Particulares no Profesionales
- Artículo 15. Facultades
- Artículo 16. Deberes y Obligaciones
- Artículo 17. Prohibiciones
- Artículo 18. Sanciones
- Artículo 19. Responsabilidad de los Colegios Profesionales
- Artículo 20. Derógase la Ley 3830
- Artículo 21. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Declaración de interés público y sujeto a expropiación un inmueble de la localidad de Franck, destinado al funcionamiento de la Escuela de Artes Inserción y estabilidad laboral de personas travestis, transexuales y transgénero, alentando su contratación y empleo en el sector público y privado Declaración de Interés Provincial la preservación, conservación, defensa y mejoramiento de los humedales Actualización de los montos de las raciones asignadas a escuelas dependientes del Ministerio de Educación Aprobación del Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de Desarrollo Social de Santa Fe y la Universidad de Concepción del UruguayMejores juristas
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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