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Ley Orgánica de Comunas Artículo 88 Provincia de Santa Fe


Ley Orgánica de Comunas Santa Fe
Artículo 88.

Podrá asimismo deducirse tachas en análoga forma y plazo establecido en el artículo anterior por algunas de las siguientes causas:

a) Ser empresario o formar parte de sociedad que explote servicios comunales o tenga contratos en vigencia o licitaciones adjudicadas por la Comuna.

b) Haber obtenido la inclusión en la lista de Mayores Contribuyentes a raíz del pago de patentes por un negocio o ramo de negocio inexistente o a nombre de un tercero, o sólo de un socio, cuando el establecimiento comercial pertenezca a una razón social.



Provincia de Santa Fe Artículo 88 Ley Orgánica de Comunas
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?



El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar



Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas




buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?



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