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Código Procesal Penal Artículo 309 Provincia de Salta


Código Procesal Penal Salta
Artículo 309. Obtención de datos informáticos y electrónicos

Medios de prueba informáticos. Principios generales. La realización de cualquiera de las medidas previstas en los artículos 309 bis, 309 ter, 309 quater, 309 quinquies y 309 sexies, deberá ser ordenada por el Juez de Garantías o, en los casos en los que no se requiere autorización judicial, podrá ser dispuesta por el fiscal, siempre en el marco de una investigación penal concreta, definiendo detalladamente el ámbito objetivo y subjetivo y la duración de la medida en virtud de su utilidad para la investigación.

En el uso de estos medios de prueba se procurará siempre la menor afectación posible a los derechos de las personas investigadas conforme a las necesidades de la investigación. La resolución que la disponga o autorice deberá fundamentar la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida de conformidad a lo previsto en el artículo 1º inciso d) del presente Código.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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