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Código Procesal Penal Artículo 275 Provincia de Salta


Código Procesal Penal Salta
Artículo 275. Formalidades probatorias

Audiencia de imputación. Concretada la comparecencia forzada del imputado ante el Fiscal, dentro de las veinticuatro (24) horas de la aprehensión, y con la presencia del Defensor, se le informará la aplicación del presente procedimiento; seguidamente se le hará conocer el hecho que se le atribuye y las constancias reunidas en la investigación sumaria; a continuación, se lo invitará a declarar y a ofrecer pruebas, dejándose en su caso, constancia de su negativa.

Si hubiere menores, el Fiscal los pondrá a disposición del juez competente y a su respecto, el proceso continuará según las normas específicas.

Inmediatamente de finalizada la audiencia de imputación, el Fiscal deberá concretar cuando correspondiere el requerimiento de detención ante el Juez de Garantías y si no lo hiciere se dispondrá la libertad del imputado.

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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