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Código Procesal Penal Artículo 345 Provincia de La Rioja


Código Procesal Penal La Rioja
Artículo 345. EXCEPCIONES

Las disposiciones contenidas precedentemente no serán aplicables a las causas que tramiten por la presunta comisión de los delitos de homicidio; lesiones gravísimas; abuso sexual con acceso carnal y las contempladas en el Primer y Segundo párrafo con agravantes del Párrafo quinto del Artículo 119º del Código Penal; las enmarcadas como violencia de género, Ley Nacional Nº 26.485; tortura seguida de muerte; enriquecimiento ilícito y aquellas en que se encuentren imputadas personas funcionarias públicas por la presunta comisión de delitos en el ejercicio de sus funciones y todo otro delito o concurso de los mismos cuya pena máxima prevista sea de ocho (8) años o más, las que continuarán según su estado, incluso ante los órganos previstos en el último párrafo del artículo anterior.

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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?



me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus



Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.



Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?



Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.



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