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Código Procesal Penal Artículo 283 Provincia del Chubut


Código Procesal Penal Chubut
Artículo 283. Prórroga

El Fiscal dará por concluida la investigación preparatoria cuando considere que ha cumplido su objeto, aun cuando no hubiere vencido el plazo.

Si vencidos los plazos previstos en el artículo anterior el Fiscal no dé por concluida la investigación preparatoria, las partes pueden solicitar su conclusión al Juez del caso. Para estos efectos el Juez citará al Fiscal y a las demás partes a una audiencia de control del plazo, quien luego de revisar las actuaciones y escuchar a las partes, dictará la resolución que corresponda.

Si el Juez ordena la conclusión de la investigación preparatoria, el Fiscal en el plazo de diez (10) días debe pronunciarse solicitando el sobreseimiento o formulando acusación, según corresponda. Si transcurrido el plazo de diez (10) días el Fiscal no formula sus conclusiones, presentando la acusación o solicitando el sobreseimiento, el juez llamará a una audiencia en la que dictará de oficio o a pedido de parte el sobreseimiento del imputado.



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Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?



Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558





estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?



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