< Código Procesal Penal

Código Procesal Penal Artículo 224 Provincia del Chubut


Código Procesal Penal Chubut
Artículo 224. Orden de detención

Cuando se produzca la situación prevista en el artículo 86 [rebeldía], el fiscal podrá solicitar la detención del imputado ante el juez penal o ante quien presida la audiencia respectiva. El juez ordenará la detención siempre que existan los presupuestos del artículo 220 [prisión preventiva], en este caso, sin necesidad de audiencia previa. Cuando el imputado compareciere o fuere aprehendido se realizará la audiencia prevista por el artículo 223.

Si ya hubiere sido dictada la prisión preventiva o hubiere sido acusado, bastará remitirse a esos actos y expresar el motivo que provoca la necesidad actual del encarcelamiento.



Provincia del Chubut Artículo 224 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...222 223 224 225 226 ...423
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?



Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558





estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse