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Código Procesal Laboral Artículo 15 Provincia del Chaco


Código Procesal Laboral Chaco
Artículo 15. Menores de edad, ausentes e incapaces

Al Ministerio Público Pupilar le corresponde intervenir en todo asunto judicial que interese a la persona o bienes de los menores de edad, otros incapaces y ausentes, en que estén afectados sus derechos, entablando en sus defensas las acciones o recursos admisibles. Deberá intervenir en las audiencias preliminares y en los acuerdos conciliatorios en que sean parte los menores y demás incapaces. Será notificado de la sentencia, la que deberá recurrir en defensa de los derechos de los menores de edad, otros incapaces y ausentes.



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Se incio una ejecución de una hipoteca constituída sobre 14 unidades de un edificio, por un precio único y total. Pero en la demanda,solo se describieron 9 unidades. La sentencia salio por el total. Y la hipoteca describe las 14 u. Se pueden rematar las 14 o solo las 9 descriptas en la demanda?



Es inconstitucional para demanadar al estado por el art1764 del codigo civil argentino?



Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?



me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus



Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.



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