Regulación del deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa a nivel comunitario y en edad escolar (Regulación del deporte amateur y profesional y la actividad) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Regulación del deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa a nivel comunitario y en edad escolar Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Deporte y actividades físico recreativas
- Artículo 3. Deporte y actividades físico recreativas. Acceso y participación
- Artículo 4. Deporte y actividades físico recreativas. Principios Generales
- Artículo 5. Deportes y actividades físico recreativas. Edad de práctica
- Artículo 5 bis. Deportes y actividades físico recreativas. Tiempo y formación
- Artículo 6. Autoridad de Aplicación
- Artículo 7. Funciones, La autoridad de aplicación tiene las siguientes funciones:...
- Artículo 8. Atribuciones
- Artículo 9. Acceso a planes de control
- Artículo 10. Investigación y desarrollo. Regulación
- Artículo 11. Planes de control. Principios generales
- Artículo 12. SEGUROS
- Artículo 13. Creación
- Artículo 14. Funciones
- Artículo 15. Comisión Directiva
- Artículo 16. Funciones de la Comisión Directiva
- Artículo 17. La Comisión Directiva debe informar semestralmente a la Legislatura de la...
- Artículo 18. Carácter ad honorem
- Artículo 19. Reglamento interno
- Artículo 20. Creación
- Artículo 21. Aplicación de los recursos
- Artículo 22. Responsabilidad
- Artículo 23. Prohibición
- Artículo 24. Creación. Funciones
- Artículo 25. Autoridades
- Artículo 26. Funciones
- Artículo 27. Reglamentación. Atribuciones
- Artículo 28. Carácter ad honorem
- Artículo 29. Creación
- Artículo 30. Inscripción
- Artículo 31. Beneficios y colaboración
- Artículo 32. Requisitos de inscripción: a) Denominación, objeto y domicilio del...
- Artículo 33. Estatutos. Normas Constitucionales
- Artículo 34. Coordinación con Registro Nacional
- Artículo 35. Miembros Comisión Directiva
- Artículo 36. Miembros Comisión Directiva. Responsabilidad
- Artículo 37. Entidades. Clasificación
- Artículo 38. Sanciones
- Artículo 39. Multas. Valor
- Artículo 40. Graduación de sanciones
- Artículo 41. Definición
- Artículo 42. Libre acceso. Gratuidad
- Artículo 43. Instalaciones sin barreras arquitectónicas
- Artículo 44. Instalaciones polivalentes
- Artículo 45. Administración
- Artículo 46. Cesión de la administración. Principios
- Artículo 47. La presente ley adhiere a las normas de las leyes Nacional Antidoping y de...
- Artículo 48. Deróguese la Ordenanza N° 45.506.
- Artículo 49. Comuníquese, etc.
- Artículo 50. DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Artículo 51. ANEXO
Otras regulaciones
Autorización al poder ejecutivo a contraer empréstitos con organismos multilaterales de creditos Prohibición de fumar dentro de los patios de juegos presentes en plazas y parques Declaración de patrimonio cultural Institúyese el Día del Diálogo Interreligioso Asignación de denominación a nuevas calles y plazasMejores juristas
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios