< Régimen General de Desvinculación Voluntaria de agentes públicos

Régimen General de Desvinculación Voluntaria de agentes públicos Artículo 19 Provincia de Río Negro


Régimen General de Desvinculación Voluntaria de agentes públicos Río Negro
Artículo 19.

Los agentes cuya solicitud de adhesión al sistema de desvinculación voluntaria previsto en el presente Capítulo sea aprobada por la autoridad competente, podrán percibir la suma indemnizatoria que les corresponda por la aplicación de lo establecido en el artículo 2° de la presente norma en dinero y/o en especie.

Cuando el agente opte por percibir la suma indemnizatoria total o parcialmente en especie, se le transferirán bienes y/o activos del Estado provincial vinculados a la actividad a desempeñar por la unidad económica de la que forme parte, debiendo el agente incorporarlos obligatoriamente a la misma como aportes de capital.

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Buen dÍa. Me retuvieron el auto en florencio varela por circular con RTO y no con VTV. Estám su derecho de hacer eso?



Mal llamada "rendición de cuentas". Esta es por proceso judicial. Lo que hace el administrador es un informe de su gestión. A las cosas, por su nombre. Es más fácil así. Me parece.



Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.



La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?



Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744): Esta ley regula los derechos laborales en general y establece que los trabajadores tienen derecho a pausas para descanso, que suelen ser de al menos 15 minutos si la jornada laboral supera las 4 horas.

Convenios Colectivos de Trabajo: Para los docentes y personal administrativo de las escuelas públicas, los derechos específicos pueden estar detallados en los convenios colectivos correspondientes. Estos convenios pueden variar entre provincias y jurisdicciones, y establecen aspectos como el tiempo de descanso, horario laboral y otras condiciones.



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