< Ley Orgánica del Poder Judicial

Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 106 Provincia de Río Negro


Ley Orgánica del Poder Judicial Río Negro
Artículo 106. Entrega del material

La reglamentación determinará la forma, tiempo y condiciones de entrega del material a archivar, las estructuras de cada Delegación de Archivo Circunscripcional, la expedición de copias, informes y certificados y el examen y salida de documentos. En todos los casos en los que los sistemas informáticos de gestión de expedientes lo permitan, la expedición de copias, informes y certificados serán expedidos en formato digital.



Provincia de Río Negro Artículo 106 Ley Orgánica del Poder Judicial
Artículo 1 ...104 105 106 107 108 ...175
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web



Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas




Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse