< Ley Impositiva año 2017

Ley Impositiva año 2017 Artículo 46 Provincia de Río Negro


Ley Impositiva año 2017 Río Negro
Artículo 46.

Establécese a partir del 1 de enero de 2017 para aquellos vehículos comprendidos en el Grupo B-2, Grupo B-3 y B-1 identificados bajo el código 41 (Camiones) y 47 (Semirremolques), utilizados para el transporte de pasajeros y/o de carga y para los vehículos del Grupo A-1 utilizados para el transporte de pasajeros, identificados bajo el código 12 (utilitario) y 4 (Rural) y dentro de dicho grupo, los que desarrollen la actividad de servicio de taxis y/o remises, la bonificación por cumplimiento fiscal será del cuarenta por ciento (40%) sobre las obligaciones fiscales corrientes, para aquellos vehículos que tengan pagadas las obligaciones de los períodos fiscales no prescriptos hasta la antepenúltima cuota anterior a la que se pretende bonificar al segundo vencimiento de la misma.

Será condición para acceder a la bonificación mencionada en el párrafo anterior, que los titulares registrales se encuentren inscriptos como contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Río Negro en alguna de las actividades de transporte de pasajeros y/o de carga que se establezcan mediante la reglamentación, la cual debe encontrarse declarada como principal y que no registren deuda exigible. Para acceder a la bonificación a que hace mención el párrafo anterior respecto de los vehículos del Grupo A-1, los titulares deberán cumplimentar con los requisitos que establezca la reglamentación.



Provincia de Río Negro Artículo 46 Ley Impositiva año 2017
Artículo 1 ...44 45 46 47 48 ...68
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse