Incorporación de instituciones educativas de nivel secundario pertenecientes al Sistema Educativo Provincial de gestión privada que constituyan la única oferta en la localidad (Incorporación de instituciones educativas de nivel secundario pertenecientes al Sistema Educativo) Provincia de La Pampa
Incorporación de instituciones educativas de nivel secundario pertenecientes al Sistema Educativo Provincial de gestión privada que constituyan la única oferta en la localidad Provincia de La Pampa
- Artículo 1. Establécese que aquellas instituciones educativas de nivel secundario...
- Artículo 2. Establécese que la Asociación Civil José Manuel Estrada de la...
- Artículo 3. Facúltase al Poder Ejecutivo a crear los cargos necesarios para el personal...
- Artículo 4. El personal docente que preste servicios en las instituciones que...
- Artículo 5. Establécese que el personal docente que se transfiera en virtud de los...
- Artículo 6. Establécese que el personal docente que se transfiera, en los casos en que...
- Artículo 7. Establécese que el personal docente que se transfiera, en los casos en...
- Artículo 8. Establécese que el personal docente que se transfiera como consecuencia de...
- Artículo 9. Establécese que el personal docente que tenga completo su ingreso en los...
- Artículo 10. Establécese que aquellos docentes que únicamente posean las horas...
- Artículo 11. Créase una asignación especial mensual denominada "Suplemento...
- Artículo 12. Incorpórase, a partir del inicio del Ciclo Lectivo 2024, a la gestión...
- Artículo 13. Facúltase al Poder Ejecutivo a crear los cargos necesarios para el personal...
- Artículo 14. El personal docente que preste servicios en el "Centro Politécnico...
- Artículo 15. Facúltase al Poder Ejecutivo al dictado de las normas necesarias para...
- Artículo 16. Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial al dictado de las normas necesarias...
- Artículo 17. El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será atendido con...
- Artículo 18. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Aprobando el convenio unico de Colaboración y Transferencia N 2765 Increméntando recursos y erogaciones del presupuesto general de la administración provincial para el Ejercicio 2017 Creando parque apícola y agroalimentario provincial de Santa Rosa Declaración de la Emergencia Sanitaria en la ciudad de Santa Rosa. Sistema de Agua Potable, Desagües y otros Aprobando el convenio de ejecución del plan nacional de seguridad alimentariaMejores juristas
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios