< Estatuto del Docente

Estatuto del Docente Artículo 8 Provincia de Santiago del Estero


Estatuto del Docente Santiago del Estero
Artículo 8.

Los docentes de escuelas nocturnas ( para adultos ) y carcelarias se asimiliarán a los grados jeráquicos de las escuelas comunes.

REG. del mismo: Establécese el siguiente escalafón para las escuelas Nocturnas y Carcelarias:

1°) Maestro de Grado;

2°) Director de Escuela Elemental Nocturna o Carcelaria o Vice-Director de Escuela Superior Nocturna o Carcelaria.

3°) Director de la Escuela Superior Nocturna o Carcelaria;

4°) Inspector de Escuelas Nocturnas o Carcelarias o Inspector de Jardín de Infantes.

Provincia de Santiago del Estero Artículo 8 Estatuto del Docente
Artículo 1 ...6 7 8 9 10 ...115
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse