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Estatuto del Docente Artículo 42 Provincia de Santiago del Estero


Estatuto del Docente Santiago del Estero
Artículo 42.

Los traslados excepto los efectuados como medidas disciplinarias, se realizarán en el período de receso escolar previo a la iniciación del ciclo lectivo.

REG. del mismo: El personal docente podrá solicitar traslado por razones de salud, necesidad del núcleo familiar u otros motivos debidamente justificados; de no mediar tales razones, sólo podrá hacerlo cuando transcurrido por lo menos dos (2) años desde el último cambio de ubicación hecho a su pedido. La Junta de Calificaciones y Clasificaciones dictaminará favorablemente o no, teniendo en cuenta las razones aducidas y los antecedentes de los solicitantes. Si se solicitase traslado a uncargo, para cuyo desempeño se carezca de títulos, antigüedad o antecedentes necesarios, podrá hacerse efectivo en otro de menor jerarquía o categoría. Las solicitudes de traslados por razones de salud y de núcleo familiar que apreciará la superioridad, deberán ser elevadas con el certificado médico y el de vecindad, según corresponde, otorgados por autoridad competente; se dará preferencia a los casos en que la desintegración del núcleo familiar se haya producido por el traslado del cónyuge por razones de trabajo, lo que se probará con los certificados correspondientes.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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