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Constitución Artículo 231 Provincia de Jujuy


Constitución Jujuy
Artículo 231. TITULAR

1. La Defensoría del Pueblo estará a cargo de un Defensor del Pueblo que será asistido por Defensores Adjuntos cuyo número, áreas, funciones específicas y forma de designación serán establecidos por una ley especial.

2. El titular de la Defensoría del Pueblo será designado por la Legislatura, con arreglo al procedimiento que establezca la ley, a propuesta del bloque opositor con mayor número de diputados y cesará en sus funciones si el bloque que lo propuso pierde dicha condición.

3. Para ser Defensor del Pueblo se requieren las mismas condiciones que para ser diputado y goza de iguales inmunidades y prerrogativas. 4. Rigen para el Defensor del Pueblo las mismas incompatibilidades e impedimentos que para los integrantes del Poder Judicial. El titular de la Defensoría del Pueblo no podrá postularse para cargos públicos electivos nacionales, provinciales o municipales durante su mandato y en las elecciones inmediatamente posteriores a su finalización.

5. Su mandato es de cinco años, pudiendo ser reelecto por única vez, por lo que para ser nuevamente electo deberá transcurrir un intervalo de un mandato.

6. Sólo podrá ser removido por juicio político por las causales y el procedimiento establecido por esta Constitución.



Provincia de Jujuy Artículo 231 Constitución
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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