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Código Procesal penal Artículo 396 Provincia de Misiones


Código Procesal Penal Misiones
Artículo 396. Ampliación de la Intimación

Si de la instrucción o del debate resulta un hecho que integra el delito continuado atribuido o una circunstancia agravante no mencionados en la intimación, el Fiscal o el querellante particular pueden ampliar la intimación de los hechos.

En tal caso, el Presidente procede, bajo pena de nulidad, con relación a los hechos nuevos o circunstancias atribuidas, conforme a lo dispuesto por los Artículos 302 y 303 del presente Código e informa al defensor del imputado que tiene derecho a pedir la suspensión del debate para ofrecer nuevas pruebas o preparar la defensa.

Cuando este derecho es ejercido, el Tribunal suspende el debate, conforme al Artículo 381 del presente Código, por un término que fija prudencialmente según la naturaleza de los hechos y la necesidad de la defensa.

El nuevo hecho que integra el delito continuado o la circunstancia agravante sobre que verse la ampliación, quedan comprendidos en la imputación y en el juicio.



Provincia de Misiones Artículo 396 Código Procesal penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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