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Código Procesal Laboral Artículo 56 Provincia de Salta


Código Procesal Laboral Salta
Artículo 56. Aclaratoria

El Juez o la Cámara, de oficio si la sentencia no se ha notificado, o a pedido de parte dentro de los tres días siguientes a su notificación y sin trámite alguno, podrá sin alterar lo sustancial de su decisión, corregir errores materiales, aclarar conceptos oscuros y suplir cualquier omisión.

Los errores aritméticos y sobre los nombres o calidades de las partes en que se hubiere incurrido en la sentencia, se podrán corregir aún durante el trámite de su ejecución. El recurso de aclaratoria suspende el plazo para apelar.



Provincia de Salta Artículo 56 Código Procesal del Trabajo
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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