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Código Procesal Laboral Artículo 32 Provincia de Mendoza


Código Procesal Laboral Mendoza
Artículo 32. DE LOS EMBARGOS PREVENTIVOS Y ASISTENCIA MEDICA

Iniciada la causa o en el curso de ella, el tribunal, a petición de parte, segun el mérito que arrojen los autos, podrán decretar embargo preventivo u otras medidas cautelares en bienes del demandado, como también que este facilite gratuitamente la asistencia medica y farmacéutica autorizada por ley. En ningún caso se exigirá al trabajador constitución de fianza.



Provincia de Mendoza Artículo 32 Código del Trabajo
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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?



me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus



Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.



Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?



Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.



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