< Código Procesal Laboral

Código Procesal Laboral Artículo 17 Provincia del Chaco


Código Procesal Laboral Chaco
Artículo 17. Funciones del Secretario Letrado de Presidencia de la Cámara

Son funciones del Secretario Letrado, como Secretario de Presidencia de Cámara, sin perjuicio de las establecidas en la ley orgánica del Poder Judicial y en otras disposiciones de la presente ley:

a) Actuar bajo la dependencia directa del presidente.

b) Mantener actualizado el registro de jurisprudencia del Tribunal y proveer a la correspondiente publicidad según lo disponga el presidente.

c) Cumplimentar las disposiciones que adopte la presidencia o la Cámara, dentro de la esfera de sus funciones.

d) Ejercer el control, registro y trámite referido a inasistencias y licencias del personal de Cámara.

e) Asistir a los acuerdos de la Cámara redactando y autorizando las actas respectivas.

f) Colaborar con la presidencia en las tareas de superintendencia y de contralor de las oficinas en general.

g) Custodiar y llevar los libros y documentos de Mesa de Entradas y Salidas de la Cámara.

h) Custodiar los bienes patrimoniales de la Cámara.



Provincia del Chaco Artículo 17 Código Procesal Laboral
Artículo 1 ...15 16 17 18 19 ...357
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558





estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?



Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse