Código Fiscal Artículo 49 Provincia de Santiago del Estero
Código Fiscal Santiago del Estero
Artículo 49. ALLANAMIENTO
No será necesario dictar resolución determinando el tributo cuando el contribuyente o responsable dentro del plazo previsto para contestar la corrida de vista del artículo anterior, optare por:
a) Aceptar los ajustes, imputaciones o cargos formulados, procediendo a su pago con más actualización, recargos e intereses, sin perjuicio de la continuación del sumario por parte de la Autoridad de Aplicación, en los casos de presunta defraudación fiscal;
b) Aceptar los ajustes, imputaciones o cargos formulados, procediendo a su pago con más la actualización, recargos e intereses y el mínimo de la multa por omisión o infracción a los deberes formales . En este supuesto, previa verificación de la exactitud de los importes procederá al archivo de las actuaciones .
Provincia de Santiago del Estero Artículo 49 Código Fiscal
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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?
me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus
Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
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