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Código Fiscal Artículo 47 Provincia de Salta


Código Fiscal Salta
Artículo 47. Sumario previo a la Aplicación de Sanciones

La Dirección, antes de aplicar multas por las infracciones enumeradas en los artículos 37 a 39, 42 inc.2° y 43 dispondrá la instrucción de un sumario notificando de ello al presunto infractor y emplazándolo para que en el plazo de quince (15) días alegue su defensa por escrito y ofrezca o produzca las pruebas que hagan a su derecho.

La Dirección podrá denegar la producción de prueba ofrecida cuando la misma sea irrelevante, inconducente, superflua o meramente dilatoria. En caso de duda deberá estarse por la producción de la prueba. Igualmente podrá disponer que se practiquen todas las diligencias tendientes a la averiguación de los hechos necesarios para la toma de decisión.



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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?



me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus



Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.



Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?



Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.



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